Naturalización en Panamá
La Constitución Política de Panamá ofrece tres supuestos o condiciones en los cuales se es apto para solicitar la Ciudadanía Panameña por Naturalización que otorga a su solicitante iguales derechos civiles y políticos que los garantizados a un ciudadano panameño nacido en territorio nacional.
- Haber cumplido cinco (5) años consecutivos contados luego de haber recibido la autorización de parte de las autoridades migratorias en calidad de Residente Permanente o Definitiva.
- Estar casado con nacional panameño o tener hijos nacidos en territorio panameño de padre o madre de nacionalidad panameña, y haber cumplido tres (3) años consecutivos contados a partir de la obtención de la Residencia Definitiva.
- Los nacionales por nacimiento de España o de Estado Latinoamericano, siempre que cumplan con los mismos requisitos que se le exigen a los panameños que desean nacionalizarse en aquel país.
El equipo de trabajo que conforman los abogados en Panamá de nuestra oficina pone a su disposición sus mejores capacidades y experiencia jurídica, para brindarle una completa asesoría legal en Panamá que lo orientará, de acuerdo a sus necesidades, a elegir la modalidad más adecuada para la legalización de su aspiración de naturalizarse al amparo de la legislación de la República de Panamá. |